Compartimento Ecopetrol - Fondo Acciones Uniacción Información Relacionada

Plazos y Términos

Duración del contrato
Clausula 1.3 Duración. El Fondo abierto “ACCIONES UNIACCIÓN” tendrá una duración igual al de la Sociedad Administradora prevista en sus estatutos sociales hasta el día 2 de enero del año 2042, y podrá prorrogarse hasta por el mismo término en que se prorrogue la duración de la sociedad, previa decisión de la junta directiva. El término de duración de la Sociedad Administradora se dará a conocer a través del prospecto.
Por su parte, cada uno de los compartimentos que compone el Fondo podrá tener una duración diferente, la cual se contará a partir del inicio de la etapa de operación del respectivo compartimento, de acuerdo con lo señalado en la cláusula 2.3. (Etapas de los compartimentos del Fondo). Adicionalmente, cada compartimento podrá entrar en operación en cualquier momento a discreción de la Sociedad Administradora. No obstante, en ningún caso la duración de un compartimento podrá superar la duración total del Fondo.

Plazo
El Fondo Acciones Uniaccion es abierto, por tanto permite que los inversionistas realicen adiciones y retiros en cualquier momento.
“Clausula 1.5. Duración de la cuenta de inversión. El Fondo por ser de naturaleza abierta, permite que los inversionistas entreguen recursos y rediman su participación en cualquier momento, de conformidad con las reglas establecidas en la cláusula 4.4 (redención de derechos) del presente reglamento”.
“Clausula 4.4. Redención de los derechos. Los inversionistas podrán solicitar la redención de sus participaciones en cualquier momento y el pago efectivo del retiro podrá efectuarse dentro de los tres (3) días comunes siguientes a la solicitud.”

Prórroga
En Acciones Uniaccion, los recursos están a la vista, y solo deben permanecer un día hábil. Los recursos invertidos pueden ser retirados en el momento en que el cliente lo desee (respetando el día de permanencia y dentro de los horarios hábiles de los canales), por lo que no existen prórrogas automáticas del producto.

Términos
Las causales de terminación unilateral del contrato por parte de de la Sociedad Administradora se encuentran contenidos en la siguiente clausula del Reglamento de Acciones Uniaccion:
“Clausula 7.2 Facultades y Derechos, Numeral 5. Terminar unilateralmente la relación jurídica existente con cualquier inversionista del Fondo, si a su juicio aquel está utilizando el Fondo, o pretende hacerlo, para la realización de cualquier actividad ilícita”